lunes, 16 de enero de 2017

Líneas generales de la política penitenciaria

21 de diciembre de 2016

Comisión de interior

Comparecencia del señor ministro del Interior (Zoido Álvarez), para informar sobre las líneas generales de la política de su departamento

Extracto de la intervención

“Les marco la siguiente ruta: la actualización de la Ley Orgánica General Penitenciaria. Esta ley orgánica, que data de 1979, fue la primera de las leyes orgánicas que desarrolló la Constitución y que entonces fue aprobada por un amplísimo consenso, con dos abstenciones tan solo y el resto de votos a favor. No dejaría de ser un símbolo de esa seguridad nacional de la concordia llegar a un acuerdo amplio para actualizar la ley así como para la armonización de las normas que la desarrollan, el reglamento penitenciario y el extenso cuerpo de instrucciones y circulares a día de hoy de laborioso conocimiento y difícil manejo por su extensión y la propia complejidad que tiene. Les pongo un ejemplo: la libertad condicional. El vigente Código Penal la fija como forma de suspensión de la pena, cayendo en serias contradicciones con su regulación por parte de la Ley General Penitenciaria como forma de cumplimiento del último periodo de la condena. Esta divergencia impide su aplicación de forma homogénea y provoca desajustes que en última instancia perjudican a todo el sistema en su conjunto. De igual manera, es preciso regular con rango de ley tanto las infracciones disciplinarias como las sanciones a imponer a los internos con un reglamento penitenciario nuevo; el actual data de 1981. Otro objetivo importante debe ser introducir medidas destinadas a incrementar también la protección de los funcionarios frente a eventuales agresiones por parte de los internos en línea con la proposición no de ley avalada por los Grupos Socialista, Ciudadanos y Popular. Asimismo, se debe dar rango de ley al régimen flexible de cumplimiento, al control telemático de recursos en tercer grado y un largo catálogo que sería preciso abordar integrando las opiniones más autorizadas de jueces de vigilancia, actores penitenciarios, la mejor doctrina y, cómo no, también de la Generalitat de Catalunya, que tiene competencias ejecutivas en materia penitenciaria.
También en el ámbito de Instituciones Penitenciarias se hace imprescindible acordar el comienzo del proceso de transferencia de la sanidad penitenciaria al Sistema Nacional de Salud, la cual trae causa de las previsiones tanto de la Ley General de Sanidad como de la Ley de Calidad y Cohesión del Sistema Sanitario, contemplado ya en el año 2003. No es otra cosa que una iniciativa destinada a mejorar la calidad asistencial a las personas que están privadas de libertad que no conllevaría gasto adicional para el Estado en la medida en que la transferencia de las competencias iría acompañada de los recursos tanto humanos como financieros que la administración penitenciaria hoy día destina a financiar esta prestación y que consideramos que está razonablemente bien dotada; si no fuera suficiente, sería necesario un acuerdo para que en administraciones públicas se contemplara una cantidad adicional. Estas medidas y otras más permitirían adecuarse mejor a lo que la sociedad viene demandando y espera del sistema penitenciario español”.
“Además, y con respecto a los trabajadores de instituciones penitenciarias, si la pasada legislatura estuvo protagonizada por el descenso significativo de la población reclusa, mejorando la calidad, eficacia y eficiencia del servicio público penitenciario en una situación económica que, a nadie se le oculta, hizo replantearse inversiones muy costosas, en esta legislatura debemos trabajar en la introducción de medidas destinadas a incrementar la protección —y antes lo cité— de los funcionarios frente a eventuales agresiones por parte de los internos, tales como permitir que declaren en los procedimientos judiciales identificándose con su carné profesional, como lo hacen otros funcionarios, o que cuando sean detenidos o cumplan condena lo puedan hacer separados del resto de detenidos o reclusos o de forma análoga a la protección que se da a otros miembros de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. Serán temas fundamentales sobre los que estaremos hablando a lo largo de los próximos meses hasta conseguir acuerdos importantes que permitan una estabilidad en esta reglamentación”.