“La mampara y el derecho de defensa del preso
preventivo”
Por M.ª Ángeles PÉREZ CEBADERA
Publicado en Diario
La Ley, nº 8110, de 21 de junio de 2013
Resumen: La
entrevista entre un preso preventivo y su abogado a través de una mampara
conculca el contenido esencial del derecho de defensa. Así fue reconocido
expresamente por la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de 13 de
mayo de 2007, caso Castravet vs. Moldavia, pero no ha sido hasta hace pocos
días, con ocasión de un auto de la AN, cuando se ha pronunciado por primera vez
un tribunal español. Este Auto es una resolución pionera que va a servir para
que, con carácter general, si no concurren circunstancias excepcionales que
pongan en riesgo la seguridad, todo preso preventivo pueda entrevistarse con su
abogado sin ninguna barrera física que impida o dificulte la comunicación y el
intercambio de documentos que afecten a su defensa.