“El
controvertido periplo judicial de la «doctrina Parot» (De la Sección 1.ª de la
Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional al Tribunal de Estrasburgo)”
Por
Javier NISTAL BURÓN
Publicado
en Diario La Ley, Nº 8068, Sección Doctrina, 23 Abr. 2013, Año XXXIV, Editorial
LA LEY
Resumen:
La «doctrina Parot», así llamada por el apellido del terrorista de ETA afectado
en este caso, hace referencia a una sentencia dictada por el Tribunal Supremo
de fecha 28 febrero de 2006 (STS 197/2006), por la que se modificó la
interpretación sostenida, hasta entonces, sobre el cómputo de la aplicación de
la redención de penas por el trabajo en los supuestos de acumulación jurídica
de condenas. Según el nuevo criterio del Alto Tribunal, el límite de treinta
años no es una nueva pena resultante de todas las acumuladas, sino que tal
límite representa el máximo de cumplimiento del penado en un centro
penitenciario.