lunes, 5 de marzo de 2012

Artículos


“Accidentes de los reclusos bajo el efecto del alcohol y sustancias tóxicas en programas de tratamiento extrapenitenciarios: ¿Accidente común o laboral in itinere?”
Por Ángel Juan Nieto García
Publicado en Diario La Ley, Nº 7811, Sección Doctrina, 5 Mar. 2012, Año XXXIII, Editorial LA LEY

Resumen: La calificación de los accidentes de cualquier ciudadano libre como laboral in itinere o común conlleva particularidades si los mismos se producen en condenados a pena privativa de libertad, aun siendo unos y otros consumidores de alcohol, sustancias tóxicas, psicotrópicas o estupefacientes. Se establece una interpretación del accidente como laboral in itinere o común, desde el Derecho Penitenciario, en virtud de la relación de sujeción especial del recluso o del programa de reinserción social del liberado condicional.