martes, 16 de noviembre de 2010

ARTÍCULOS

“El principio de legalidad en el ámbito penitenciario”
Por Ricardo M. Mata Martín
Publicado en Revista General de Derecho Penal, nº 14, noviembre de 2010.

Resumen: El principio de legalidad, como eje vertebrador de todo el sistema penal, despliega sus efectos también en el ámbito penitenciario. El genérico principio de legalidad en materia penal incluye la llamada garantía ejecutiva. A las garantías criminal, penal y jurisdiccional se suma esta garantía penitenciaria o ejecutiva que se corresponde con la fase de ejecución de las condenas privativas de libertad impuestas a los autores de hechos delictivos. El trabajo que sigue pretende determinar de forma más precisa las consecuencias de la aplicación del principio de legalidad al sistema de ejecución de las penas privativas de libertad, así como pasar al análisis de algunas de ellas. En este sentido se quiere señalar los presupuestos del principio, su recogida normativa en el sistema jurídico español, las consecuencias fundamentales que para el cumplimiento de las penas privativas de libertad trae el principio de legalidad, así como algunas particulares consideraciones respecto a su aplicación en el sistema penitenciario vigente.

SUMARIO: I. SENTIDO GENÉRICO DE LA GARANTÍA EJECUTIVA II. FUNDAMENTO Y ORIGEN DEL PRINCIPIO DE LEGALIDAD. II.1 Dimensión jurídico-política. II.2. Dimensión jurídico-penal. II.3 Enunciación actual. III. LAS FORMULACIONES NORMATIVAS DEL PRINCIPIO. III.1. El art. 2 de la LOGP. III.2 El principio de legalidad en el texto constitucional de 1978. III.3 Otras recepciones legislativas. III.4 Perspectiva internacional. IV. CONSECUENCIAS DE LA VIGENCIA DEL PRINCIPIO DE LEGALIDAD PARA LA EJECUCIÓN DE LAS PENAS PRIVATIVAS DE LIBERTAD. IV.1 Los contenidos del genérico principio de legalidad. IV.2 El debilitamiento del principio de legalidad en la ejecución: la teoría de las relaciones especiales de sujeción. IV.3. Consecuencias para el ámbito penitenciario. IV.3.a La reserva de Ley en materia penitenciaria. IV.3.b. Exclusión de la analogía en la ejecución penal. IV.3.c La certeza de la Ley en el sistema penitenciario. IV.3.d La irretroactividad de las normas penitenciarias. V. ÚLTIMAS CONSIDERACIONES.