“La doble instancia administrativa en la clasificación penitenciaria”.
Por Angel Juan Niego García.
Publicado en nº 7341, de 12 de febrero de 2010, de Diario La Ley.
Resumen: La doble vía administrativa supone el eje de la clasificación penitenciaria: Proponer y resolver o impugnar y resolver conforman la doble instancia que la legislación penitenciaria y administrativa, a través de la Ley Orgánica General Penitenciaria y la Ley 30/92 RJAP-PAC, otorga a la Administración Penitenciaria en sus órganos periféricos –Junta de Tratamiento de los Centros Penitenciarios- y en sus órganos centrales –Dirección General de Coordinación Territorial y Medio Abierto-.